SI ERES TRABAJADOR: ¿POR QUÉ NO DEBES FIRMAR UNA RENUNCIA CUANDO TE DESPIDEN?

Es importante iniciar explicándote lo siguiente:
En caso de un despido injustificado, el trabajador tiene derecho a una liquidación.
La liquidación se compone por tus indemnizaciones de Ley más un finiquito:
(Liquidación = Indemnizaciones por despido + Finiquito)


En caso de una renuncia voluntaria, el trabajador tiene derecho sólo a un finiquito:
El finiquito se compone únicamente de las prestaciones que se le adeuden al
trabajador.


(Finiquito = Lo que te deban de salarios, aguinaldo, vacaciones y prima
vacacional; así como cualquier otra prestación adicional: Fondo de Ahorro,
vales, premios, bonos, comisiones, etc.)

¿CUÁL EL EFECTO DE FIRMAR UNA RENUNCIA “VOLUNTARIA?

La terminación definitiva del contrato y la relación laboral de trabajo con el patrón,
por consentimiento del trabajador y sin consecuencias para el patrón.
En la actualidad, un alto porcentaje de empleados que son despedidos; son obligados,
coaccionados, amenazados y amedrentados para firmar su “renuncia voluntaria”:

¿POR QUÉ?

  • La renuncia es el mecanismo más efectivo para que el patrón se libere
    totalmente de pagar una liquidación laboral, o sea, las indemnizaciones por
    el despido.
  • La liquidación, en la mayoría de los casos, equivale a un monto superior al de un
    finiquito, el cual obviamente el patrón se quiere ahorrar y, por lo tanto, firmando
    una renuncia sólo tendrá obligación de pagar al trabajador lo mínimo o inclusive
    nada.
  • La renuncia es un elemento que puede subsanar cualquier irregularidad que se
    haya dado en el transcurso de la relación laboral: Falta de contrato laboral, falta de
    recibos de pago de salario y prestaciones, falta de seguridad social, falta de pago
    de horas extras, discriminación, acoso u hostigamiento de cualquier tipo, etc.
  • La renuncia disminuye radicalmente o inclusive elimina completamente las
    posibilidades de éxito en cualquier procedimiento legal que inicie el
    trabajador en contra de su patrón.

¿QUÉ PASA SI YA FIRMÉ RENUNCIA BAJO COACCIÓN, INTIMIDACIÓN O

AMENAZAS?

En el día a día, recibimos decenas de consultas en donde los trabajadores exponen que
al momento de su despido fueron amenazados y obligados y, por lo tanto, firmaron su
renuncia. A pesar de ello, se aferran a la procedencia de su caso por el tema del
despedido injustificado.


Cuando se les pregunta si tienen pruebas de esa coerción, amedrentamiento o
violencia, SIEMPRE RESPONDEN CON UN “NO”. Los criterios de nuestras
autoridades laborales son bastante claros y establecen lo siguiente:


“RENUNCIA O CONVENIO FINIQUITO FIRMADO BAJO COACCIÓN O ENGAÑO. CORRESPONDE AL
TRABAJADOR ACREDITAR LOS HECHOS EN QUE LO SUSTENTA;
Cuando el trabajador manifiesta que firmó la renuncia al trabajo o un convenio finiquito
mediante coacción o engaño, a él corresponde demostrar tales circunstancias…”


“RENUNCIA…CUANDO EL TRABAJADOR ALEGA QUE FUE OBLIGADO E, INCLUSIVE, RECIBIÓ
INSTRUCCIONES PARA FIRMARLA…
…al trabajador corresponderá demostrar la influencia, engaño, coacción o intimidación física, moral o
económica alegadas…”


Si no cuenta con los elementos para acreditar el engaño o coacción, usted
prácticamente ha renunciado al pago de su liquidación.

¿CON QUÉ PRUEBAS PUEDO ACREDITAR LA COACCIÓN, EL AMEDRENTAMIENTO

O LAS AMENAZAS?

  • Grabaciones de video
  • Grabaciones de audio
  • Mensajes electrónicos: emails/wpps
  • Denuncia penal en su contra
  • Queja ante el Juzgado Cívico en su contra
  • Pruebas que demuestren que el patrón tenía planeado su despido
  • Pruebas que demuestren que tenía una antigüedad considerable (más de 10 años)
  • Pruebas que demuestren que tenía un alto puesto y un buen salario (Gerencial,
    Directivo)
  • Testigos (CONFIABLES).- Siempre y cuando tenga adicionalmente alguna de las
    otras pruebas enlistadas, ya que los testigos por sí mismos no sirven.

¿PUEDO “INVALIDAR” LA RENUNCIA FIRMADA O EXISTE ALGUNA ALTERNATIVA?

Aunque haya firmado su renuncia, contáctenos de inmediato sólo si usted se encuentra
en alguno de los siguientes casos:
– Trabajadora embarazada
Trabajadora en período de lactancia
Trabajador discapacitado
Trabajador inmigrante

  • Trabajador de la tercera edad
  • Trabajador analfabeta
  • Trabajador víctima de discriminación, acoso u hostigamiento; siempre que pueda
    acreditar estas circunstancias.
  • Trabajador con enfermedad crónico-degenerativa o problemas considerables de
    salud: Cáncer, lupus, etc.
  • Trabajadora que sea madre de hijos pequeños (menores de 3 años)
  • Casos similares a los anteriores


Recuerde que: Aunque usted firme la renuncia con una firma diferente a la de sus
identificaciones oficiales, escriba su nombre erróneamente a propósito, estampe su huella
en forma irregular (intentando crear una mancha o algo similar), etc. Ninguna de esas
estrategias sirve, usted ya confirmó el contenido de la renuncia con esos actos.

Logo-Mendez & Asociados

Trabaja con Nosotros